Nuestro principal objetivo es brindar la mejor y más completa información sobre los derechos laborales en Colombia. SEPTIMO: Que la empresa demandada debe remunerar a mi demandante la beneplácito de moratoria contemplada en el art. 65 Del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 29 de la Clase 789 https://bookmarkedblog.com/story20825080/acerca-de-demanda-laboral-honduras